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Reajuste de Jubilaciones y Pensiones


¿Por qué es necesario realizar un juicio de reajustes de haberes?

* El juicio de reajuste busca actualizar su haber mensual mediante la aplicación de indices más altos y realistas que los utilizados por el Organismo al momento del calculo de su primer haber. Asimismo es factible el reclamo por movilidad a partir del fallo de la Corte Suprema "Badaro" que permite la actualizacion de aquellos haberes que han quedado retrasados respecto la evolución salarial.


¿Quiere saber si tiene posibilidad de hacer un juicio de reajustes de haberes jubilatorios?

   
* Para saber si usted tiene posibilidad de hacer el juicio de reajustes de haberes hay que realizar un cálculo tomando las remuneraciones que ANSES consideró y aplicarle los índices que fijó la justicia.  


¿Que documentación se necesita para hacer un cálculo?

 
*

En el caso de una jubilación:
- Copia de la resolución que le otorga el beneficio con detalle de remuneraciones y cómputo, recibo de jubilación actual.

En el caso de una pensión:
- Si es directa: copia de la resolución que le otorga el beneficio con detalle de remuneraciones y computo, recibo de pensión actual.

-Si es derivada de una jubilación: copia de la resolución que le otorgo el beneficio de jubilación al causante, copia de la resolución que otorga el

beneficio de pensión y recibo de pensión actual.

   


Determinada la posibilidad de hacer juicio de reajuste ¿Cómo se continúa?


*

Le solicitamos la siguiente documentación para iniciar el trámite:

1. Carta poder de ANSES.
2. Fotocopia del DNI certificada.
3. Recibo de jubilación / pensión.
4. Poder judicial.
5. Acreditación de datos

 

¿ Se inicia juicio directamente?
* No. La ley establece que primero hay que agotar la vía administrativa, para lo cual previamente hay que hacer el reclamo ante la ANSES y una vez denegado el mismo por dicho organismo se inicia el juicio.  

¿Por qué ANSES siempre deniega el reclamo?
* Porque ANSES no es un Organismo con facultades para resolver sobre lo que se está reclamando.  

¿Qué sucede si fallece el titular del beneficio?
* El juicio se continua con la viudo/a o con los herederos legales.  

¿Qué me abonará ANSES si inicio un juicio de reajuste?
* Anses: actualiza su haber y abona además un retroactivo que comprende desde los dos años previos al inicio del reclamo hasta la fecha que finalmente se efectivize el reajuste.  

¿Ud. tiene un juicio que se encuentra firme y aun no lo ha cobrado ?
* En este caso el Estudio le ofrece hacer un análisis para determinar la posibilidad de iniciar una ejecución de sentencia contra el ANSeS.  
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